Sabia usted que......
La Ley de Tránsito Nº18.290, publicada en el Diario Oficial de 7 de Febrero de 1984, dice textualmente en el Artículo 1º
“A la presente ley quedarán sujetas todas las personas que como peatones, pasajeros o conductores de cualquier clase de vehículos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público, de todo el territorio de la República.” |
La formación de los conductores....
El psicólogo Jorge Enrique Valenzuela en su libro El Conductor y la Prevención de Riesgos, expresa un análisis comparativo entre la condición de hombre y mujer como conductores y deduce que hay algunas diferencias no importantes como para llegar a descalificar a un sexo a favor de otro, y que los aspectos que podrían ser ligeramentes negativos como en el caso de la agresividad en algunos varones y la inseguridad en algunas mujeres, es corregible mediante adecuados cursos de capacitación. |
Por qué es necesario haber cumplido 18 años (o excepcionalmente 17) para poder optar a una licencia de conducir?
La respuesta obvia a esta pregunta, es porque la sociedad espera que a esa edad el individuo haya alcanzado el grado de madurez requerido para ser un conductor responsable y seguro. Lamentablemente, la realidad es distinta. Es sabido que los conductores jóvenes se ven involucrados con mayor frecuencia en accidentes de tránsito que los conductores de más edad y más experiencia.
- Los jóvenes con licencia reciente, por su limitada experiencia como conductores, comprenden erroneamente ciertas situaciones de tránsito.
- Los conductores jóvenes sobreestiman sus capacidades o habilidades que los adultos.
Fuente: Libro El Conductor Seguro.
Editado por Conaset |
Ser un buen conductor exige muchos conocimientos y destrezas; hay que ser capaz de registrar a tiempo muchas impresiones sensoriales. El cerebro debe poder interpretar dichas impresiones y adoptar una decisión rápida, hay que colocarse en la situación de otros usuarios de la vía, hay que ser capaz de actuar con determinación y en forma correcta... y algo muy importante usted debe ser previsor y conducir siempre a la defensiva.
Fuente: Conaset |
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En Chile muchos de los accidentes de tránsito en el año 2009, fueron atribuibles al consumo de alcohol y las drogras, ocasionados en un 21% por jóvenes entre 18 y 33 años.
El alcohol y las drogas afectan principalmente la comunicación en el sistema nervioso central, es decir, las conexiones entre las neuronas. Además deteriora la coordinación bimanual y la capacidad para hacer frente a una situación inesperada.
Fuente: Con mis 5 sentidos
Editado:Conace y Conaset
Sabía usted que las comunas con mayor accidentabilidad de tránsito en Santiago son: La Florida y Puente Alto. |
Por qué es necesario hacer un curso de conducir?
La conducción está referida a los principios legales que rigen la posición y dirección que deben mantener los vehículos en su desplazamiento por las calles y caminos, su interpretación y la incidencia de su respeto, nos facilitará un tránsito ordenado y seguro (Ley 18.290,Título IX).
En una Escuela de Conductores el alumno aprende a conocer las Normas que rigen el tránsito, las definiciones viales, la conducta que debe tener en la vía, el respeto que debe mantener con otros conductores y de la responsabilidad que significa subirse a un vehículo y conducir.
Está comprobado que un jóven que aprende sin los conocimientos sobre la educación vial, está más vulnerable a sufrir o provocar un accidente de tránsito, muchas veces con consecuencia de muerte. |
Cuando usted decida realizar un curso de conducir en una Escuela de Conductores, debe saber lo siguiente:
- Que la Escuela debe tener a la vista la Resolución Exenta que emite el Ministerio de Transporte a través de la Subsecretaría, en donde se aprueban los Planes y Programa de Estudio que imparte dicha Escuela.
- Que la Patente del Establecimiento se encuentre al día y exhibida al público.
- Que los vehículos cuenten con la revisión técnica al día y la clase debe ser A.
- Que cada Instructor teórico o práctico, debe contar con su carné SEMEP, que lo otorga la SIAT de Carabineros.
Entre otros.... Decreto Supremo 39/85
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